Así pues, la parte demandante recurrente interpuso en el día de hoy Recurso de Control de Legalidad, y como quiera que transcurrió íntegramente el lapso para interponer los Recursos correspondientes y quedando firme la decisión dictada por este Juzgado, por cuanto los 5 días hábiles siguientes decursaron de la siguiente manera: viernes 10/10/2025, lunes 13/10/2025, martes 14/10/2025, miércoles 15/10/2025 y jueves 16/10/2025, corresponde en el día de hoy 17/10/2025 la remisión del presente expediente a su Tribunal de origen, por lo tanto, resulta forzoso para este Juzgado Superior NEGAR lo solicitado, debido a que, el anuncio del Recuso de Control de Legalidad es presentado extemporáneamente. Así se decide.