Por las consideraciones antes explanadas, éste Tribunal de Ejecución N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, en orden de acatar la Sentencia emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 04-04-2005, donde ordena ORDENO la aplicación del estricto cumplimiento del contenido del artículo 501 Código Orgánico Procesal Penal, RESUELVE:
Primero: OFICIAR a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema penitenciario del Estado Yaracuy, con la finalidad de practicar Informe Psicosocial al penado: JOSÉ RAFAEL GÓMEZ SÁNCHEZ, titular de la cédula de identidad Nº 12.314.481, residenciado en Caserío Los Cogollos, Finca Altos de los Cogollos, Municipio Nirgua, Estado Yaracuy, quien opta a ESTABLECIMIENTO ABIERTO, y se encuentra en el Internado Judicial de esta localidad.
Segundo: OFICIAR al Director del Internado Judicial de San Felipe, REMITIENDO Copia de la.....