GADO DEL MUNICIPIO NIRGUA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.-
Nirgua, Dieciocho de Enero del año Dos Mil Seis.-
195° y 146°
Vista el acta que riela al folio 23 del presente expediente, donde la partes demandante ciudadana: DANIELA MARIEL MARTINEZ FIGUEREDO, desiste formalmente del procedimiento por OBLIGACION ALIMENTARIA, en virtud del acuerdo llegado con el demandado de forma privada, este Tribunal considera que se ha cumplido con el fin del proceso y en consecuencia se libra oficio al Gerente de Relaciones Laborales ? Dirección de Recursos Humanos de la Comandancia de Policía General del Estado Yaracuy, a fin de dejar sin efecto el oficio N° 3.300/1.396 de fecha 21/11/2005, y no habiendo otras actuaciones que practicar, da por terminado el presente juicio, razón por la cual este Juzgado del Municipio Nirgua del Estado Yaracuy, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara consumado el mismo y le imparte su homologaci.....