De acuerdo a las consideraciones antes expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Sin Lugar la oposición efectuada por la abogada THAIDIS CASTILLO PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 17.844.517, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 133.881, Apoderada Judicial de la Sociedad Mercantil INNOVACIONES EN CONCRETOS C.A., identificada con el Registro de Información Fiscal Nro. J-40590346-5, inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, bajo el número 3, Tomo 14-A, de fecha nueve (09) de Abril de 2015, parte demandada en la presente causa, contra las pruebas por la abogada JOSEFINA PERFETTI, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número V-11.....