Declara IMPROCEDENTE in limine litis la presente acción de amparo constitucional, ejercida presentada por la ciudadana Sixta Gómez Linarez, asistida de abogado, contra decisión dictada en fecha 21/10/2008 por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy.