Declara INADMISIBLE la presente acción de amparo constitucional, ejercida por el ciudadano Oscar Barrios, nombre y presentación de la sociedad de comercio Corporación Principal, C.A., asistido de abogado, contra la decisión dictada en fecha 16 de abril de 2008 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta circunscripción Judicial, en el expediente Nº 12.434 de la nomenclatura de ese tribunal, contentivo del juicio que por resolución de contrato de arrendamiento intentara la ciudadana Rosina Adami de Tombolato, titular de la cédula de identidad N° 7.577.957 contra la citada empresa. No hay condenatoria en costas por tratarse de amparo contra decisión judicial.