Por todas las consideraciones antes expuestas; este Juzgado Superior Agrario del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la representación judicial de los ciudadanos SAMUEL DARÍO YÁNEZ APONTE, MARÍA FERNANDA MORENO DE YÁNEZ y SAMUEL JOSÉ YÁNEZ VECHIONACCE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad número V-11.792.302, V-14.917.405 y V-2.919.773, respectivamente. SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior se confirma la Decisión emitida por el Tribunal Primero de Primera Instancia Agraria de esta Circunscripción Judicial en fecha veinticinco (25) de enero de (2010). TERCERO: No hay condenatoria en costas por la especial naturaleza del fallo. CUARTO: La presente decisión de dicta dentro del término legal establecido conforme lo dispuesto en el artículo 240 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. QUINTO: Publí.....