Por todos los razonamiento tanto de hecho como de derecho anteriormente expuesto, este Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: "SIN LUGAR" el Recurso de Apelación, ejercido por la parte querellante contra el auto de fecha 08 de marzo de 2022 emanado del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, en consecuencia, anula la sentencia Interlocutoria con fuerza definitiva emanada de la Jueza Segundo de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, dictada en fecha 24 de marzo 2022, en virtud de su incompetencia para decidir la presente acción de amparo constitucional sobrevenida. ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: Se declara "INADMISIBLE" la Acción de Amparo Constitucional sobrevenido ejercida por el ciudadano ELIEZER JOSE GONZALEZ FALCON, Venezolano, mayo.....