En mérito a las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, administrado justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley y por considerarlo procedente en beneficio e interés de la adolescente de autos, a que se le brinde protección, afecto y educación, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la presente demanda de COLOCACIÓN FAMILIAR, incoada por la ciudadana: MAYRENIS DEL CARMEN DÍAZ MORLES, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-17.867.578, residenciada en el Sector Las Malvinas, calle última, casa s/n, Aroa, Municipio Bolívar del estado Yaracuy, asistida por la Defensa Publica Primera, con competencia en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, adscrito a la Defensa Pública de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, en beneficio de la adolescente: "IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORM.....