En mérito a las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la presente demanda de DIVORCIO, fundamentada en la causal tercera (3era) del Artículo 185 del Código Civil, por las razones indicadas en la motiva del presente fallo. SEGUNDO: CON LUGAR la presente demanda de Divorcio con fundamento en la incompatibilidad de caracteres que hacen imposible la vida en común, teniendo como base legal la sentencia N° 693 del 02 de junio de 2015, de la Sala Constitucional bajo la Ponencia de la Magistrada Carmen Zuleta de Merchán, presentada por el ciudadano ALBERTO ANTONIO VILLALOBOS VESPA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 21.302.564, domiciliado en la urbanización La Ascensión, calle 5, casa Nro. 22, munici.....