1) Se declara INCOMPETENTE para conocer de la presente acción de amparo constitucional ejercida por la Compañía Anónima Previme contra la Alcaldía del municipio Bruzual del estado Yaracuy.
2) ANULA las decisiones que dictó el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario de esta Circunscripción Judicial, el 7 de agosto de 2006 y el 17 de agosto del mismo año, mediante las cuales admitió y declaró sin lugar la demanda de amparo constitucional y, en consecuencia, REPONE LA CAUSA al estado de que se decida sobre la admisión de la referida demanda de amparo.
3) Declara que el Tribunal COMPETENTE para el conocimiento de la demanda de amparo constitucional, que incoó el abogado Luzardo Alfredo Vivas Mendez , en su condición de representante legal de PREVIME C.A., contra actuaciones del ciudadano Adelmo León, como Alcalde del municipio Bruzual del estado Yaracuy es el Juzgado Superior en lo Civil, Contencioso Administrativo y Tributario de la Región C.....