DISPOSITIVA
Con fundamento a lo antes expuesto, este Juzgado del Municipio Nirgua de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, condena al ciudadano: VICTOR JULIO CAMPOS AGUILAR, titular de la Cédula de Identidad Nº V- Nro. V- 11.152.224 y de este domicilio a:
Primero: Cumplir con el pago de una obligación alimentaria semanal a favor de su hija la niña: (Identificación Reservada), por la cantidad de VEINTE MIL BOLIVARES (Bs. 20.000) semanales, que deberá consignar en efectivo, al inicio de cada semana, por ante este Juzgado o a la cuenta de ahorros que al efecto se abra.
Segundo: En el mes de Agosto y Diciembre el demandado deberá cumplir, adicionalmente, a lo fijado como obligación alimentaria, con el pago de CIEN MIL BOLIVARES (Bs. 100.000), dada la necesidad de la niña, en esos períodos, de comprar útiles escolares, uniforme y bienes de fin de año, lo cual se fija independientemente de que .....