PRIMERO: NO HAY MERITO bastante y suficiente para someter a juicio a la Abogada WENDY CARYW YANEZ RODRIGUEZ, quien para la fecha de la interposición del Recurso de Queja funge como Juez Titular del Juzgado Tercero de Primera Instancia Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy.
SEGUNDO: Se declara terminado el procedimiento iniciado.
TERCERO: No se condena en costas dada la naturaleza del fallo.
CUARTO: Se deja expresa constancia que la presente sentencia se dictó dentro del lapso legal establecido.