este Tribunal, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley,
DECLARA
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de DESALOJO, que ha incoado la ciudadana ELIA PAULA BALLESTER ACOSTA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-3.706.064, contra el ciudadano RUBEN JOSE VIRGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-18.295.381, en consecuencia ordena al demandado ciudadano RUBEN JOSE VIRGUEZ, a la entrega del inmueble arrendado libre de bienes y personas, el cual está ubicado en la avenida 12 entre calles 08 y 09 del Barrio La Peñita de esta ciudad de Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy a su propietaria ELIA PAULA BALLESTER ACOSTA.