Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la presente solicitud de CONVERSIÓN EN DIVORCIO DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS y en consecuencia queda DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que unía a los ciudadanos HENDER VICENTE RAMIREZ PEROZA y YOXIMAR DAYANA DOMINGUEZ AULAR, plenamente identificados en autos, quienes contrajeron matrimonio civil por ante la Coordinación de Registro Civil de la Parroquia Albarico, jurisdicción del Municipio San Felipe del Estado Yaracuy, en fecha 26 de febrero del año 2.005, tal como se evidencia de la copia certificada del acta de matrimonio Nº 04, cursante al folio 4 del expediente.
Este Tribunal de conformidad con lo previsto en el artículo 762 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA EL DIVORCIO en los términos y condiciones acordados por los sol.....