DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos con anterioridad, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara, Con Lugar el Recurso de Apelación de Auto, interpuesto por la Defensora Pública Séptima y el Defensor Público Auxiliar Séptimo Abogados María de los Ángeles Giménez Parra y Carlos Remolina Ventura, actuando en representación del ciudadano EDUARDO LUIS OROZCO RODRIGUEZ, y como consecuencia de ello, se acuerda Anular la decisión de fecha 19 de Octubre de 2015, en la causa penal signada con el número UP01-P-2015-004011, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, teniendo plena vigencia los demás pronunciamientos dictados por el Tribunal, y así se decide.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Audiencias de la Cor.....