este Tribunal de Control N° 2 Administrando Justicia en Nombre de la Republica de Venezuela y por Autoridad de la Ley; Decreta el DECAIMIENTO de las Medidas de Coerción personal impuestas al ciudadano SILVIO MANUEL AVENDAÑO JAYARO, en fecha 25 de noviembre 2004 y 16 de diciembre 2005 y revisadas en fechas 27 de abril de 2006 y 01 de noviembre de 2006 y como consecuencia se Decreta su Libertad, de conformidad con lo establecido en el Articulo 244 del Código Orgánico Procesal Penal, por la comisión de los delitos de AMENAZA Y VIOLENCIA PSICOLOGICA, previsto y sancionado en los artículos 16 y 20 en concordancia con el 6 de la Ley sobre la Violencia contra la Mujer y la Familia y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previstos y sancionados en los artículos 277 y 218 del Código Penal. Ofíciese lo conducente.