PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer de la apelación ejercida por el Abg. Balmore Rodríguez Noguera, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 7.506.089, inscrito bajo el inpreabogado N° 34.902, actuando como apoderado judicial del demandante ciudadano: LUIS ALBERTO GARCIA AMOROCHO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 14.495.133, ambos domiciliados en el Municipio Nirgua del Estado Yaracuy.
SEGUNDO: Se declara CON LUGAR la apelación ejercida por el Abg. Balmore Rodríguez Noguera, actuando como apoderado judicial del demandante ciudadano: LUIS ALBERTO GARCIA AMOROCHO, ambos ampliamente identificados en autos, contra la decisión interlocutoria formal dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, de fecha 17 del mes de abril del año 2018, recaída en el expediente Nº 7788 de la nomenclatura del Tribunal antes referido.
TERCERO: Como consecuencia.....