III
DISPOSITIVA
En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal Primero de Primera Instancia Penal en función de Juicio de la Circunscripción Judicial Penal del estado Yaracuy, declara CON LUGAR, la solicitud de examen y revisión de la medida privativa de libertad impuesta al acusado CARLOS LUIS HERNANDEZ, en fecha 30 de octubre de 2008, por lo que se acuerda sustituir la medida Privativa de Libertad por una medida Cautelar Sustitutiva de Libertad de la prevista en el artículo 256 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal consistente en la presentación los días Lunes y Viernes de cada semana por ante la Oficina de alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, todo conforme al artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, diaricese, déjese copia de la presente decisión y anéxese a la causa penal. Notifíquese y líbrense los respectivos oficios
ABG. ROMEL ANTONIO OVIOL RODRIGUEZ
EL JUEZ PRIMERO DE JUICIO
LA SECRETAR.....