Por las razones anteriormente expuestas, este JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la inhibición formulada por el abogado Cesar Augusto Rodríguez Acosta, en su carácter de Juez Provisorio del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de esta Circunscripción Judicial.
En consecuencia de conformidad con lo dispuesto en el artículo 93 del Código de Procedimiento Civil, el sustituto continuará conociendo del proceso.
Publíquese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, en San Felipe, a los diecinueve (19) días del mes de mayo del año 2015. Años: 205º de la Independencia y 156º de.....