Por los razonamientos antes expuestos, y con base en la norma mencionada, este Tribunal de Ejecución de la Sección Penal de Responsabilidad de Adolescentes de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Yaracuy, en NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. Declara PRACIALMENTE CON LUGAR la solicitud de la Defensa Pública Segunda de la Sección de Adolescentes del Estado Yaracuy y de oficio por tratarse de materia de orden publico decreta la PRESCRIPCIÓN de la Sanción de LIBERTAD ASISTIDA, prevista en el articulo 626 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, ejecutada al joven Yohander Alfredo Pineda, en virtud de haber sido declarado responsable de la comisión del delito de Robo, previsto en el artículo 457 del Código en perjuicio de la ciudadana Jorge Meza Velásquez según lo establecido en el articulo 616, Ejusdem.
Publíquese, Diarícese y notifíquese a las partes, en el Tribunal de
Ejecución de la Sec.....