este Tribunal de Control N° 2 de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara con Lugar la solicitud del Defensa Publica Primera de la Sección de Adolescentes del Estado Yaracuy, sobre ARCHIVO JUDICIAL, que emana del Abg. Roberth Brizuela, respecto al presenta asunto seguido en contra del adolescente IDENTIDAD OMITIDA , por la comisión de uno de los delitos en Contra las Buenas Costumbres y el Buen Orden de la Familia, de conformidad con lo establecido en el artículo 314 del Código Orgánico Procesal Penal, por aplicación del articulo 357 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes.