este Tribunal actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor de la ciudadana NOHELIS JOSEFINA RIVAS NÚÑEZ, venezolana, mayor de edad, portadora de la Cédula de Identidad Nro. V-12.077.991 respectivamente, sobre una bienhechuría fomentada sobre un área de terreno propiedad del Instituto Nacional de Tierras Urbanas (INTU), el cual tiene una extensión de terreno de Seiscientos Cuatro metros cuadrados con Ochenta centímetros (604,80 MTS2), ubicado en las Tapias, sector I, Avenida José Joaquín Veroes, Parroquia San Felipe, Jurisdicción del Municipio San Felipe del Estado Yaracuy; siendo los linderos siguientes: Norte: Av. José Joaquín Veroes que es su frente con 18,90 Ml; Sur: casa y solar que es o fue de la Familia Rangel, con 18,90 Ml; Este: casa y solar que es o fue de la Familia Mart.....