Tal como se observa en este expediente, la ultima actuación efectuada corresponde al 13 de julio de 2009, fecha en que se certificó en autos la consignación negativa de la boleta de notificación de la parte demandada; y por cuanto se evidencia que no ha habido impulso procesal de las partes, desde la misma hasta la presente fecha, se produce una discontinuidad material de la instancia, por lo cual este tribunal de conformidad con el prenombrado artículo 201 Ley Orgánica Procesal del Trabajo que se aplica como norma supletoria, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la presente causa, relativa a la demanda de PRIVACIÓN DE PATRIA POTESTAD, interpuesta por la Fiscalía Séptima del Ministerio Público, a solicitud de la ciudadana RITA ROSA RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad número 5.938.923, en contra del ciudadano ADELIZ ORLANDO OROP.....