D E C I S I O N
En mérito a las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, Administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley y por considerarlo procedente en beneficio e interés del niño de autos, a que se le brinde protección, afecto y educación, declara: PRIMERO: CON LUGAR la presente demanda de COLOCACIÓN FAMILIAR, presentada por la ciudadana MARIA YRAIDA RAQUEL CABRITA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.911.686, domiciliada en la urbanización en la urbanización Simón Rodríguez, calle 4, casa N° 81, Yaritagua, municipio Peña, estado Yaracuy, asistida por la abogada BLANCA HERNANDEZ, Defensora Pública Primera con competencia en materia de protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, en su condición de solicitante de Colocación Familia.....