Por todas las anteriores consideraciones este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley.
DECLARA,
PRIMERO: SIN LUGAR la demanda intentada por el ciudadano GILORMO VICENZO FACCHINERI MUJICA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° 8.519.552, por INTERDICTO POR DESPOJO, contra la ciudadana MARÍA CARMELINA STAZZERI CULMONE, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° 7.500.781.
SEGUNDO: Una vez quede firme la presente decisión se ordena revocar la medida de secuestro decretada por este Tribunal en fecha 03 de marzo del año 2020, cursante al folio ciento seis (106).
TERCERO: De conformidad con el artículo 708 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte querellante, por vencimiento en la presente causa.
CUARTO: Se ordena la notificaci.....