acuerda de conformidad con lo solicitado, en consecuencia por no ser contrario a derecho y versar sobre derechos disponibles, le imparte su HOMOLOGACION AL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO DE OFRECIMIENTO DE LA OBLIGACION DE MANUTENCION, que fuera incoado por la ciudadana SULEPMA DEL COROMOTO SEGOVIA DE ALVARADO en contra de la ciudadana FRANCIS MARAI PEÑA CASTILLO. Téngase pasada como Sentencia con autoridad de cosa juzgada, de conformidad con lo establecido en el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil, aplicado supletoriamente en la presente causa de conformidad con el artículo 452 de la Ley orgánica para la Protección del niño, niña y del adolescente. Se dejan sin efecto las actuaciones practicadas. Se ordena el archivo del presente expediente.-
El Juez Provisorio;
Abg. JOSE ANTONIO MARIN GONZALEZ
La Secretaria;
Abg. Yuly R. Suárez V.
En esta misma fecha se cumplió lo ordenado en el auto que antecede. Conste.-
La Secretaria;
Abg. Y.....