Por las razones antes expuesta este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en uso de sus atribuciones y actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley,
DECLARA:
PRIMERO: CORREGIDO EL ERROR DE MERA NATURALEZA FORMAL en la sentencia de fecha 26 de Noviembre de 1992 dictada por el entonces Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, en la solicitud de Divorcio 185-A interpuesta por los ciudadanos MESTRE BOURGEOIS GERARDO y LUDEIXI MARÍA BAUSTE DE MESTRE; en consecuencia queda identificada la ciudadana como LUDEIXI MARÍA BAUSTE y téngase el presente fallo como parte integrante de la sentencia dictada por el entonces Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Y.....