en aras de una sana administración de justicia; procede a ANULAR el auto de fecha 31/07/2.015, y REPONER la causa al estado de designación de los peritos, a fin que practiquen la experticia complementaria del fallo, conforme lo establece el Artículo 249 eiusdem; acordando notificar a las partes sobre la presente decisión; y haciéndoseles saber que dicha designación de los peritos se llevará a cabo al segundo día de despacho siguiente a que conste en autos la última notificación practicada, a las diez de la mañana (10:00 a.m.); en virtud que no se ha fijado el monto líquido exigible de la indemnización que debe pagar el condenado en autos. Líbrense boletas. Expediente N° 6581.-
El Juez Provisorio,
Abg. Wilfred Asdrúbal Casanova Araque
La Secretaria,
Abg. Karelia Marilú López Rivero
Seguidamente se cumplió con lo ordenado.
La Secretaria,
Abg. Karelia Marilú López Rivero