En consecuencia este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ACUERDA HOMOLOGAR el presente convenimiento, suscrito por los ciudadanos: LICINIO MENDES DE ALMEIDA, y HANOI JOSEFINA BRAVO, actuando de conformidad con el Articulo 263 del Código de Procedimiento Civil Venezolano Vigente.