PRIMERO: CON LUGAR LA DEMANDA DE ACCIÓN DE RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO, suscrito y presentado por la ciudadana MONSERRAT MARÍA LOURDES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.594.519, con domicilio en la calle 3, sector San Jacinto II, casa N° 45, municipio Cocorote del estado Yaracuy.
SEGUNDO: Téngase de conformidad con lo preceptuado en los artículos 444 y 450 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo previsto en los artículos 1.363 y 1.364 del Código Civil, LEGALMENTE RECONOCIDO EL INSTRUMENTO PRIVADO, suscrito entre la ciudadana MONSERRAT MARÍA LOURDES, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho, titular de la cédula de identidad N° V-7.594.519, y la ciudadana SALCEDO COLMENAREZ NELLY MARGARITA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.282.850; relacionado con la compra-venta de: Un bien inmueble, constituido por una casa, ubicada en el sector San Jacinto II, casa N° 45, municipio Cocorote, estado .....