PRIMERO: SIN EFECTO EL DECRETO DE INTIMACIÓN dictado por esta instancia en fecha 17 de enero de 2025, presentado por el abogado CORONA RAMÍREZ GILBERTO EUGENIO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 65.407, en su carácter de defensor judicial de la parte intimada ciudadano CORDERO PIÑA GLENGER LOANDRIS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 20.892.650.
SEGUNDO: SE ORDENA LA CONTINUACIÓN DEL PRESENTE JUICIOPOR LOS TRÁMITES DEL PROCEDIMIENTO ORDINARIO.
TERCERO: NO HAY CONDENATORIA dada la naturaleza del fallo.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE, en la página web oficial del Tribunal Supremo de Justicia WWW.TSJ.GOB.VE.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho de este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY. En San Felipe, a los veinte (20) días del mes de Enero de dos mil veinticinco (2025). Años: 214° de la Independencia y 165° de la Federación.