Con fundamento a lo anterior es por lo que este Tribunal de Control N°4, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, amplia la medida cautelar sustitutiva de libertad de presentación cada quince (15) días a cada treinta y cinco (35) días ante el Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal al imputado SIVIRIA DAGUIN EDUAR PERFECTO, contados a partir de la publicación de la presente decisión de conformidad con el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese. Cúmplase.
La Jueza de Control N° 4 La Secretaria
Abg. Esmeralda López Guzmán Abg. Josmery Parra