Es por lo que este Tribunal Agrario, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, procede a decretar la MEDIDA DE PROTECCIÓN A LA PRODUCCIÓN Y PROTECCIÓN AMBIENTAL bajo los siguientes parámetros:
PRIMERO: Se ordena proteger a seis mil cuatrocientos trece (6413) cerdos entre reproductores y lactantes, distribuidos de la siguiente manera; dos mil setecientas veinticuatro hembras en producción (2724), ciento sesenta nueve hembras en renovación (169), doce (12) berracos y tres mil quinientos ocho(3508) lechos lactantes, así como también de las siguientes bienechurias y equipos, nueve (09) galpones de gestación, siete (07) galpones de maternidad, diecinueve (19) silos con una capacidad total de ciento cuarenta y dos mil (142) kilos, con un sistema de alimentación automatizada en ocho (08) galpones de gestación y dos (02) de maternidad, un (01) pozo profundo con dos (02) tanques de sesenta (60) mil litros cada uno, una (01) planta eléctrica de eme.....