Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley:
1. Admite la acusación presentada por el Ministerio Fiscal en contra del adolescente Daniel Ramos Escorche por la comisión del delito de Hurto Calificado previsto en el artículo 454 ordinal 8° del Código Penal venezolano, en consecuencia admite las pruebas presentadas por el Ministerio Fiscal el cual se dan por reproducidas en esta sentencia y en consecuencia homologa el acuerdo conciliatorio entre el imputado y la víctima el cual fue enteramente satisfecho en este acto de manera voluntaria, libre sin coacción y apremio y en consecuencia de conformidad con lo establecido 562 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del adolescente decreta el sobreseimiento de la presente causa a favor del adolescente Daniel Ramos Escorche.
2. En relación al procedimiento a seguir en el caso del adolescente Julio César Escorche de conformidad con lo establecido en el artículo 74 ordinal 1° del .....