DECISIÓN
En virtud de las anteriores consideraciones y fundamentos de hechos y de derecho, a tenor de lo dispuesto en los artículos 362 y 887 del Código de Procedimiento Civil, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA, COCOROTE Y VEROES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda que por COBRO DE BOLIVARES mediante el procedimiento de Intimación seguido por la abogado ZAYDDA LAVITE ALVARADO, en su carácter de endosatario en procuración de la ciudadana MARTHA RUIZ, en contra de la ciudadana SAMIRA MORR, TODOS ANTERIORMENTE IDENTIFICADOS.
SEGUNDO: SE CONDENA a la demandada de autos, ciudadana, SAMIRA MORR, antes identificada, en pagarle a la parte actora, la cantidad de un MILLON CUATROCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL BOLIVARES (Bs. 1.474.000,oo), por los conceptos r.....