DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR LAS OPOSICIONES FORMULADAS por los abogados en ejercicio LUGARDIS ABDON OJEDA CASTILLO, Inpreabogado N° 243.966, actuando en su carácter de autos, en escrito de fecha 16 de febrero de 2024, inserto a los folios 02 al 04 de la pieza N° 02 del presente expediente y JOSÉ AGUSTÍN MARTIN LEÓN, Inpreabogado N° 203.515, actuando en su carácter de autos, en escrito de fecha 16 de febrero de 2024, inserto al folio 09 de la pieza N° 02 del presente expediente, y en consecuencia, se ordena la admisión de las pruebas promovidas en este procedimiento por las partes intervinientes del juicio, salvo su apreciación en la definitiva.
SEGUNDO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS dada la naturaleza del fallo.
TERCERO: POR CUANTO EL PRESENTE PRONUNCIAMIENTO salió dentro del lapso legal, no se requiere notificación de las partes intervinientes del juicio.