esta Corte De Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley, declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto el Abogado Argenis José Velásquez Gómez, Defensor Publico Penal Noveno Auxiliar, actuando en representación de la Defensa Publica Sexta, en asistencia de los ciudadanos ALBERH CALDERA AIRAS Y HEIDY JOHANA HERNANDEZ TOVAR, plenamente identificados en autos, 17 de Septiembre de 2014, por el Juzgado Primero en funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, mediante la cual el Órgano Jurisdiccional prenombrado, declaró sin lugar la solicitud de decaimiento de la Medida Privativa de Libertad a favor del ciudadano ALBERH CALDERA AIRAS, inserta en la causa principal UP01-P-2012-001275