Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario Y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial Del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio de la ciudadana Lesbia Maigualida Marín De Mendoza, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-7.509.652 con el ciudadano Juan Agustin Mendoza Montero, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-7.575.468, y DECRETA: disolución del vínculo matrimonial contraído entre ellos en fecha 19 de marzo de 1988, por ante la Dirección de Registro Civil del Municipio San Felipe del estado Yaracuy, asentada bajo el Nº 61, tomo 01, de los libros de matrimonios llevados por esa entidad para el año 1988.
Una vez vencido como sea el lapso establecido en el artículo 298 del Código de Procedimiento C.....