Por las razones de hecho y de derecho precedentemente establecidas, este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Control Cinco del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley decide: PRIMERO: Remitir el presente asunto como actuaciones complementarias al Tribunal Segundo de Ejecución de este Circuito Judicial Penal, toda vez que las mismas guardan relación con el Asunto UP01-P-2002-000080, seguido al ciudadano TEOFILO LUCAMBIO AZUAJE, por los mismos hechos, sujeto, objeto y causa. SEGUNDO: Ordena desincorporar del Inventario de Causas de este Tribunal el Asunto UP01-P-2002-0000016