Vista la diligencia cursante al folio treinta y nueve (39) del presente asunto, suscrita por las Abogadas en ejercicio: ERIKA OJEDA y MARIELA HENRIQUEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 108.441 y N° 76.465 respectivamente, el primero actuando en su condición de Apoderado Judicial de la parte actora y la segunda actuando en su condición de Apoderado Judicial de la parte demandada, mediante la cual solicitaron de mutuo acuerdo ante éste Tribunal la Reprogramación de la Audiencia Preliminar fijada para el día de hoy Lunes 21-07-2008, a las 9:00 AM. En consecuencia, éste Juzgado, considera que en aras de cumplir con la finalidad de la primera fase del proceso laboral, la cual es la Mediación y Conciliación, acuerda lo solicitado por las partes y a tal efecto acuerda DIFERIR la celebración de la Audiencia Preliminar, para el día LUNES (04) DE AGOSTO DE 2008, A LAS DOCE DEL MEDIODÌA (12:00 M), no se notifica a las partes por cuanto se encuentran a derecho de conformidad con el artícu.....