En razón de las anteriores consideraciones, este JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Su COMPETENCIA para decidir el presente Recurso de Apelación contra el fallo dictado en la audiencia oral y pública, en virtud de la solicitud de desacato de Amparo Constitucional intentada por el abogado en ejercicio JOSE AGUSTIN MARTÍN LEÓN, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 203.515, actuando en nombre y representación del ciudadano CLEMENTE RAFAEL GONZÁLEZ GUEVARA, ya identificado.
SEGUNDO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el abogado en ejercicio JOSE AGUSTIN MARTÍN LEÓN, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 203.515, actuando en nombre y representación del ciudadano CLEMENTE RAFAEL GONZÁLEZ GUEVARA, ya identificado, contra el fallo dictado en la audiencia oral y publica.....