Vista la Solicitud de Medida Cautelar de Suspensión de Efectos peticionada por la Sociedad Mercantil AGROPECUARIA SAN PEDRO C.A, suficientemente identificada en autos, representada por el ciudadano MANUEL RODRÍGUEZ CONCECPCION, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.518.756, actuando en su condición de Vicepresidente de la sociedad mercantil AGROPECUARIA SAN PEDRO C.A, debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial Del Estado Yaracuy, en fecha, 19 de diciembre de 1994, bajo el número 15, tomo 6- A, y ultima Acta De Asamblea General Ordinaria De Accionistas, protocolizada por ante el referido Registro, en fecha,13 de septiembre de 2021, bajo el numero 39, Tomo 20-A RM 466; debidamente asistido por la abogada en ejercicio JHOLEESKY DEL VALLE VILLEGAS ESPINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Numero V-6.802.002 e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 29.076; requerida .....