esta CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO YARACUY, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, esta Corte de Apelaciones ADMITE el presente recurso en los términos señalados y así se decide, interpuesto por el Abogado Lenin Daniel Méndez Verasteguí, en su condición de de Abogado de confianza del imputado JUAN CARLOS CATARI, contra la decisión dictada en fecha 23 de Noviembre de 2014, fecha esta en la que fueron publicado los fundamentos de hecho y de derecho de audiencia preliminar celebrada el 20 de Noviembre de 2014, por el Juzgado de Primera Instancia Penal, Estadales y Municipales, en funciones de Control 1 de este Circuito Judicial Penal del Estado e inserta en la causa principal UP01-P-2014-6320.