Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 7 de octubre de 2009 por la abogado Milagros Coromoto García Amaro, apoderada judicial de la parte actora, contra la decisión dictada en fecha 2 de octubre de 2009, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy que declaró sin lugar la acción de existencia de la comunidad concubinaria. Se condena en costas a la parte recurrente.