DISPOSITIVA
Con fundamento a lo antes expuesto, este Juzgado del Municipio Nirgua de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente acción y
en consecuencia establece al ciudadano: EVERTH JESÚS NAVAS AGUILAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 17.980.194 y de este domicilio, la obligación de:
Primero: Cumplir con el pago de una obligación de manutención mensual a favor de su hijo el niño: (Identificación Reservada), y de este domicilio, por la cantidad de QUINIENTOS VEINTICUATRO BOLIVARES CON VEINTICINCO CENTÍMOS (Bs.524,25) mensuales, o lo que es lo mismo DOSCIENTOS SESENTA Y DOS BOLIVARES CON DOCE CENTIMOS( Bs. 262,12) quincenales o la cantidad de CIENTO TREINTA Y UN BOLIVARES ( Bs. 131,00) semanales, dependiendo de la forma como obtiene los ingresos el demandado, que deberá entregar directamente a la madre del niño referido o en su def.....