Este Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, de Conformidad con los Artículos 305 y 306 Constitucional; 152, 196 y 243 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: MEDIDA DE PROTECCIÓN A LA PRODUCCIÓN A LA ACTIVIDAD AGRÍCOLA, a favor del FUNDO SANTA CECILIA, de conformidad con lo establecido en los artículos 305 y 306 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los artículos 152, 196 y 243 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, 4 y 5 de la Ley Orgánica de Seguridad y Soberanía Agroalimentaria, a los fines de implementar de manera inmediata a la extensión de tierra que se encuentra improductiva, representada por el 83,27 % de la extensión total (246,8 hectáreas), el Plan de Siembra y Recuperación del referido Fundo. SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior, se orden.....