declara las presentes actuaciones TITULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS suficientes para asegurarle el derecho que le corresponde a las ciudadanas MAIRA ANGELINA GUEDEZ, LUISA GISELA GUEDEZ, MORAIMA JOSEFINA GUEDEZ, MORELA DEL VALLE GUEDEZ y SIOLI MARGARITA GUEDEZ, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidades Nros.V-14.709.459, V-14.709.460, V-12.279.169, V-11.645.627 y V-11.273.314 respectivamente, hijas de la de Cujus, ciudadana AIDA DEL CARMEN GUEDEZ, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-980.315