este Tribunal de Control acuerda Negar la solicitud de Nulidad Absoluta solicitada por la Abg. Antonia Izaguirre y la solicitud de la copia certificada de la imputación realizada por la Fiscalia en contra de su patrocinado por ser improcedente. En consecuencia se ordena oficiar a la Fiscalia Décima del Ministerio Publico a los fines de instarlo a que le de acceso a la Defensora Privada del ciudadano Miguel Barrio, a la información sobre los hechos de los cuales se les investiga de conformidad a lo establecido en el Articulo 49 Ordinal 1° de la Constitución Bolivariana de Venezuela.