En mérito de las anteriores consideraciones, este JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, actuando en sede Constitucional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley,
DECLARA:
PRIMERO: Su COMPETENCIA para conocer la presente ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL, interpuesta por el ciudadano RICARDO SANCHEZ LUG0, actuando en su propio nombre y en representación como Presidente de la SOCIEDAD MERCANTIL NOVA 34, C.A, inscrita en el Registro Mercantil del estado Yaracuy, en fecha 02/09/2024, bajo el Nro. 8, tomo 54-A, domiciliada en la avenida Carabobo con avenida Norte 1, centro comercial Street Mall, Municipio San Felipe, estado Yaracuy, asistido por el abogado ARNALDO ZAVARSE P., inscrito en el Inpreabogado Nº 55.655, por la presunta violación al derecho a la defensa y debido proceso, a la tutela judicial efectiva y a la libertad de asociación y al libre ejercicio de la actividad .....